Plan Especial de Rehabilitación Integral del Casco Histórico
El Ayuntamiento aprueba la modificación de varios artículos referidos al convento de las Clarisas
En una decisión discutible, el ayuntamiento ha accedido a la solicitud de las H.H Clarisas de modificar el PERI del Casco Antiguo para posibilitar la reforma y ampliación de la edificación que ocupan actualmente en la calle Carnicerías.
28 octubre 2009
Según la justificación que se da en el documento de modificación del PERI el incremento del número de las residentes en el actual edificio derivado de una prevista reorganización de la Congregación, así como el desarrollo de de su actividad económica (repostería, encuadernación y costura) requeriría una mayor amplitud, organización y funcionalidad del espacio que ocupan actualmente. Se trata de aprovechar el volumen del edificio y las posibilidades de utilización que suponen la entrecubierta y el subsuelo del jardín del convento.
El problema surge cuando un proyecto de iniciativa privada que afecta a un pequeño grupo de personas entra en contradicción con el actual Plan Especial de Rehabilitación aprobado en su día por el Ayuntamiento y Gobierno Vasco.
¿Se modifica el proyecto para adaptarlo al Plan Especial o se modifica el Plan Especial para adaptarlo al proyecto? En este caso el ayuntamiento ha decidido modificar el Plan Especial y adaptarse a los requerimientos de la H.H Clarisas, cuando habitualmente ocurre lo contrario.
¿Razones para esta excepción? ¿No había otras alternativas? Es lo difícil de saber en un ayuntamiento que no hace públicos los decretos de alcaldía (aprobación inicial de esta modificación) y deja pasar meses y meses para cuando aprueba sus actas de sesiones. Es la tranquilidad, ¿o impunidad?, que da la falta de democracia municipal.
El actual edificio está dentro de la catalogación de Edificaciones de Valor Histórico-Arquitectónico, “Edificios de Protección Media”. El jardín anejo al convento se encuentra clasificado como Espacio de Valor Histórico-Urbanístico Máximo.
Principales modificaciones:
-
Se elevan los planos de la cubierta y la cota actual de los aleros, lo que supone la modificación de la volumetría del edificio y la liberación de un paso entre la muralla y la entrecubierta. El espacio de entrecubierta será habitable.
-
Permitir la instalación de actividad económica dentro del edificio (actualmente solo está permitida en el sótano y semisótano)
-
Incrementar el porcentaje de ocupación del sótano bajo el jardín del 40% al 50%.
-
Incrementar la altura permitida del edificio a ubicar en el jardín de 2,80 m a 3,20m
-
Eliminar el retranqueo de 3 metros del sótano en relación a los linderos (al muro de cierre a Carnicerías). Modificar el tipo de cierre del espacio libre.
-
La construcción del sótano supone la alteración del jardín por lo que se propone su rebaje de calificación a espacio de valor urbanístico
